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AVANCE DE LOS PRINCIPALES ACUERDOS APROBADOS POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 22 DE NOVIEMBRE (1ª PARTE)

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Un resumen de los principales asuntos aprobados por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Dos Hermanas

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En la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Dos Hermanas, presidida por el Alcalde, Francisco Toscano Sánchez, Delegado de Proyectos y Obras, Francisco Toscano Rodero, ha presentado para su aprobación el proyecto de mejora de los enlaces con la Carretera SE-40. Parque Forestal «Dehesa Doña María», que cuenta con un presupuesto total de 1.025.807,99 euros. A tal fin se estudia realizar los movimientos de tierras necesarios para una total adecuación de las zonas entre pasos en la zona del parque más próxima a la Avenida de Adolfo Suarez y Avenida Leopoldo Calvo Sotelo Bustelo, asimismo se recoge la modificación en la ejecución de la bolsa de aparcamientos ya contemplada en el proyecto original; para la adecuada realización de estos trabajos será necesario el aporte de un volumen considerable de tierras procedentes de otras partes del parque para dar una adecuada pendiente a estos aparcamientos haciendo así mismo necesaria la modificación de algunos de los caminos de albero existentes aportándoles mayor altura con la consecuente formación de cunetas y perfilado de taludes. Entre las mejoras a incluir se contemplan las siguientes:

1. La ejecución de 2 nuevos accesos pavimentados con hormigón fratasado desde diferentes zonas del parque, así como la unión entre los accesos 1 y 3 (según documentación gráfica)  y la ejecución de uno nuevo carril bicil de 2,63  mts de anchura junto a un camino peatonal de hormigón fratasado que partirá desde la entrada 1 y comunicará bajo la carretera SE-40 las zona norte y sur del parque teniendo se realizarse las obras de encauzamiento del arroyo existente mediante la colocación de 2 marcos paralelos de 3 mts de acho por 1,50 mts de alto con las correspondientes aletas y obras correspondientes.

2. La excavación y formación de una zona de aparcamientos junto a paso peatonal después del aporte de tierras  y nivelación de la zona realizada el proyecto principal, con su delimitación mediante bordillos de confinamiento y bordillos cuneta. con aporte y compactación de suelo seleccionado ejecutándose la instalación de 3 torres de iluminación de 10 mts de altura y equipos led y suministro eléctrico correspondiente, se ejecutará delimitación de parterres en la zona del trazado de conducción de ENAGÁS con la protección según indicaciones de dicha conducción con losas de hormigón en los pasos de vehículos.

3. El aporte de la capa de zahorra artificial de la zona de aparcamientos además de la pavimentación con firme de alquitranado asfáltico en 2 capas una primera S22 de 6 cms de espesor y una final S16 de 4 cms. Así mismo se prevé la señalización y el marcado de las plazas de aparcamiento.

4. En la zona norte del parque se proyecta dentro de este anexo el aporte de tierras y albero grancilla y cernido para el amparo y ejecución de taludes y cunetas de camino peatonal y carril bici hasta acceso 3 de nueva creación, también se realiza aporte de tierras para desembarco de plataformas sobre SE-40 en la zona norte.

En el capítulo de las certificaciones de obras, se ha aprobado la quinta de las obras de Plataforma reservada para el servicio público del carril bus, tramo Estación Línez 1 «Olivar de Quintos» hasta Avenida Adolfo suárez, por importe total de 477.495,22 euros.

En otro orden de cosas, la Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana Conde, ha propuesto la recuperación de oficio del dominio público usurpado, mediante la instalación no autorizada de vallas publicitarias.

Por la Teniente de Alcalde delegada de Ordenación del Territorio y la Concejal delegada de Medio Ambiente, Rosa María Roldán Valcárcel,  se ha sometido a la Junta de Gobierno Local propuesta de inicio de las acciones que en derecho correspondan, para la recuperación de los bienes de dominio público ocupados sin título jurídico alguno,  mediante la instalación no autorizada de vallas y otros elementos publicitarios, que carecen de las preceptivas licencias previstas en las vigentes Ordenanzas Municipales. En los antecedentes consta que desde la delegación de Parques y Jardines, con fecha 04/11/2019,  se dio traslado a la delegación de Patrimonio del “Informe sobre vallas publicitarias ilegales en Suelo Público” en el que se advertía sobre las instalación de vallas publicitarias en suelo público, sin ningún tipo de autorización por parte de este Ayuntamiento, en número que ya supera las 70 unidades, y se propone desde ese Servicio la retirada de dicho material,  por no existir ni autorización, ni supervisión sobre su montaje que puedan garantizar la seguridad, en caso de algún tipo de situación adversa.  Por otro lado, se advierte en dicho informe que existe un contrato de «Suministro, instalación, mantenimiento y explotación publicitaria de elementos de mobiliario urbano en la ciudad de Dos Hermanas», desde octubre de 1998, el cual regula la instalación, montaje, tipo y número de elementos que pueden instalarse para este fin en nuestro municipio, no cumpliendo ninguno de los antes mencionados con lo establecido. Concluye dicho informe reiterando que “Estos elementos deberían ser retirados de los espacios que ocupan, por todo lo anteriormente expuesto.” y adjuntando dossier fotográfico y listado de las zonas ocupadas. Por consiguiente, y a los expresados fines de recuperación de los bienes de dominio público usurpados, por orden de la Teniente de Alcalde delegada de Ordenación del Territorio, se inicia el expediente PAT 47/2019.

Dispone el artículo 47 de las ORDENANZAS DE POLICÍA, BUEN GOBIERNO Y CONVIVENCIA: “Las ocupaciones de la vía pública o espacios de uso público con mesas, sillas, carteles publicitarios de cualquier tipo, macetas, tenderetes u otros análogos, precisará autorización municipal, que se otorgará con arreglo a las disposiciones de las Ordenanzas específicas reguladoras, fijándose en la preceptiva licencia – que deberá colocarse en lugar visible del espacio ocupado – el concreto espacio cuya ocupación se autoriza con plano incorporado, el plazo de duración de la ocupación y el número máximo de elementos a instalar. En ningún caso estas ocupaciones supondrán derecho adquirido a su mantenimiento, ni podrán dificultar el tránsito de personas o vehículos ni causar molestias al vecindario.”

En consecuencia, y de conformidad con el artículo 140 del Decreto 18/2006, de 24 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (RBELA), que establece la obligación de las Entidades Locales de recuperar, por sí mismas y en cualquier momento, la tenencia de sus bienes de dominio público, siempre que consten indicios de usurpación o haya sido perturbada la posesión; y conforme al artículo 159 del mismo cuerpo legal, procede requerir a los propietarios de los elementos publicitarios que ocupan los bienes municipales relacionados en el referido informe de la delegación de Parques y Jardines, si pudieran ser hallados e identificados, para que procedan al desalojo de los mismos, desmontando y retirando los elementos publicitarios instalados. Si no fuese atendido este requerimiento en el plazo otorgado, o no se hubiese podido identificar o hallar a sus propietarios, el desalojo se llevará a efecto por el Ayuntamiento con sus propios medios, siendo los gastos que se ocasionen por cuenta de los ocupantes.

Por cuanto se expone, de conformidad con el artículo 66 de la Ley 7/1999, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (LBELA), así como en los artículos 140, 158 y 159 del Decreto 18/2006, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (RBELA) y conforme establece la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Público, se propone:
Conforme al Artículo 159 de RBELA, dar plazo de quince días a las personas propietarias de los elementos publicitarios que ocupan sin título el dominio público, en las ubicaciones que se detallan en el informe de Parques y Jardines de fecha 04/11/2019 y que obra en el expediente PAT 47/2019, para que procedan al desalojo de los bienes ocupados, desmontando y retirando los referidos elementos publicitarios.

De no atenderse los anteriores requerimientos, o no se hubiera podido identificar o hallar a sus propietarios, el Ayuntamiento procederá, sin más trámites y de forma inmediata, a su desmontaje y retirada, con sus propios medios y siendo por cuenta de las ocupantes los gastos que se ocasionen.

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