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Los DNI caducados tendrán validez durante un año más

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La medida aprobada por el Gobierno se refiere a los documentos que pierdan vigencia tras la entrada en vigor del estado de alarma, declarado el pasado 14 de marzo.

Si usted es una de esas personas cuyo DNI caducará próximamente, o que cuenta con uno cuya vigencia ya haya vencido en las últimas fechas, no tendrá que preocuparse por no poder acudir a ninguna oficina para realizar la gestión de su renovación. El Consejo de Ministros ha acordado prorrogar automáticamente y durante un año la validez de los Documentos Nacionales de Identidad que caduquen desde la entrada en vigor del estado de alarma, que tuvo lugar el pasado sábado 14 de marzo. Por lo tanto, los DNI que se encuentren bajo esas circunstancias serán válidos hasta el sábado 13 de marzo de 2021.

“Queda prorrogada por un año, hasta el día 13 de marzo de 2021, la validez del Docomento Nacional de Identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”, reza el texto legal, difundido por el Ministerio del Interior.

La medida fue aprobada el martes en el Consejo de Ministros y viene recogida en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes extraordinarias para tratar de disminuir el impacto económico y social provocado en España por el Coronavirus. El Gobierno, además, matiza que «la prórroga de la validez del documento nacional de identidad permitirá que puedan renovarse, conforme al procedimiento actual, los certificados reconocidos incorporados al mismo por igual periodo».

El Ejecutivo ya había anunciado el pasado 14 de marzo la cancelación del servicio de expedición y renovación de DNI y pasaporte mediante el servicio de cita previa y asistencia a las comisarías con el objetivo de evitar aglomeraciones ante la expansión del coronavirus. La medida decidida ahora por Gobierno es la respuesta a esta nueva situación.

¿Y los carnets de conducir caducados?

Respecto a los carnets de conducir que se encuentren en la misma tesitura, el Gobierno no ha anunciado públicamente ninguna medida específica pero, con la congelación de los plazos administrativos (que recoge el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020), igualmente se entenderán como vigentes las licencias de conducción cuya fecha de validez haya finalizado tras la entrada en vigor del estado de alarma. Es decir, no existe riesgo de ser multado por la Policía ni de recibir la sanción de 200 euros que supone esta falta, considerada infracción grave, mientras dure la situación actual.

Hay que recordad que la Dirección General de Tráfico, en coordinación con el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, decidió suspender de manera temporal el servicio presencial para la realización de trámites en Jefaturas de Tráfico, además de cancelar las citas previamente programadas.

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