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El III Plan Municipal de la Vivienda de Dos Hermanas sigue adelante.

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Durante la Junta de Gobierno Local del pasado viernes día 8 de Septiembre, se aprobó la solicitud de compra, por parte de la empresa Amantani Inversiones S.L., de los terrenos ubicados en Entrenúcleos, colindantes a la zona norte de Montequinto.

Plan de vivienda Municipal_12092017En concreto se trata de la manzana BPO-1 perteneciente al III Plan Municipal de la Vivienda cuyo valor se ha fijado en 826.524,46 euros. Esta nueva promoción está situada junto a las dos promociones ya edificadas pertenecientes al mismo plan de vivienda.

Según palabras del portavoz del Gobierno Local, Agustín Morón, «Esta es una buena noticia de interés y demuestra que el plan de vivienda sigue estando vivo» Además, Morón resaltaba que «No existe posibilidad de construcción a medio o largo plazo en ningún municipio de la provincia, algo que si ocurre en Dos Hermanas».

Agustín Morón, durante su comparecencia del pasado viernes, hizo un pequeño repaso a todas las dificultades y adaptaciones por las que ha tenido que pasar este proyecto de viviendas a lo largo de estos años, debido a la crisis por la que ha pasado tanto España como buena parte de Europa y declaraba que:

“Esta actuación va a significar la posibilidad de ofertar viviendas protegidas con unos niveles de calidad superior,a las de renta libre tanto para los jóvenes como para aquellas personas que lo necesiten además de la posibilidad de crear riqueza en todo el entorno, así como puestos de trabajo debido a la movilización de todas las empresas que conlleva una vez en marcha como pintura, cerrajería, mobiliario, etc. Esto demuestra una vez más que Dos Hermanas sigue viva y en plena forma”

Además señalaba que se espera que poco a poco se vayan retomando todos los proyectos que quedaron pendientes antes de la crisis.

Antecedentes

Con fecha 4/12/2009 se firma contrato administrativo de enajenación de la manzana BPO-1 (finca registral 94630), de la UE-2 del Sector SEN-1 ENTRENÚCLEOS, del IIIer Plan Municipal de Vivienda, entre el Sr. Alcalde y el representante de las Sociedad adjudicataria, que por mandato de la cláusula 4ª apartado 8 del Pliego de Condiciones regulador de la licitación, constituye la Sociedad Instrumental específica para el desarrollo de la promoción, «AMANTANI INVERSIONES, S.L.». Dicha manzana BPO-1, fue adjudicada provisionalmente en sesión de Pleno de la Corporación de 11/09/2009, y definitivamente por Decreto de la Alcaldía 53/2009, de 7 de Octubre.

        En la cláusula decimotercera del Pliego de condiciones económico-administrativas regulador de la licitación para adjudicar la enajenación de los terrenos, se establecía que en la fecha de formalización del contrato, y en todo caso dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la adjudicación, el licitador procederá al pago del importe total de la enajenación de manzana adjudicada; aunque, justificando la necesidad de proceder al pago aplazado, se abonará en el plazo anterior junto con aval que garantice el pago total aplazado, el 40% de todos los importes adeudados, el 30% en el plazo de seis meses y el otro 30% en el plazo de doce meses.

        Tanto el pago del importe de la manzana, como el inicio de las obras fue incumplido por la mayoría de las empresas promotoras, por lo que el Ayuntamiento Pleno, con fecha 26/04/2013, toma la iniciativa de adoptar el siguiente acuerdo:

“A la vista del contenido de la condición decimoquinta del Pliego de condiciones económico-administrativas, regulador de la licitación para adjudicar la enajenación de terrenos con destino a su edificación, con el que se llevó a cabo la adjudicación de las manzanas incluidas en el III Plan Municipal de Vivienda, que establecía un plazo para la entrega de las viviendas, procede tomar acuerdo en el sentido de ofrecer a los promotores que aún no han comenzado las obras de construcción, dos alternativas posibles:

Primera.– Resolución de común acuerdo, del contrato administrativo firmado con el Ayuntamiento, con la consiguiente devolución de la fianza entregada en su día, condicionada a la devolución de las cantidades que tengan en su poder,  y se correspondan con  reservas de viviendas.

Segunda.- Hacer efectiva la compra del suelo con la firma de la oportuna escritura pública, y el consiguiente pago del mismo, así como los gastos ocasionados o devengados por este Ayuntamiento en el procedimiento. En este caso, se otorgará una prórroga para el inicio de las construcciones conforme al plan de actuación que presenten. De la misma manera, previamente, habrán de devolver las cantidades que hayan recibido en concepto de reservas de viviendas, al objeto de partir de cero con la promoción, aun cuando se puedan arbitrar formas de conservar los derechos adquiridos a aquellos demandantes que así lo soliciten.

        Los promotores tendrán un plazo de sesenta días, desde la adopción del presente acuerdo, para adoptar una de las alternativas que se presentan.”

        Posteriormente, y también en sesión Plenaria de 25/10/2013 y a la vista de la opción elegida de las dos anteriores por cada uno de los promotores, y para aquellos que optaron por la segunda de éstas, se decide lo siguiente:

        “En atención a esto, y teniendo en cuenta la complejidad de la actual situación económica de la sociedad española, convendría aceptar las sugerencias aportadas por cada una de estas empresas, aunque unificando los criterios exigibles para la continuidad en el desarrollo del III Plan Municipal de Vivienda de los promotores citados. Por tanto, se proponen las siguientes indicaciones:

  1. Hacer efectiva la compra del suelo, con un aplazamiento de un año para la materialización del pago del mismo, así como de los gastos devengados a favor de este Ayuntamiento.
  2. Prórroga para el inicio de las obras por un plazo máximo de tres años.
  3. Posibilidad de ejecutar la promoción mediante fases, con el Vº Bº y de común acuerdo de la Corporación.
  4. Posibilidad de que los propios promotores ofrezcan, directamente, viviendas en régimen de alquiler.
  5. Ingreso, en la Tesorería Municipal, de las cantidades que las empresas promotoras adeudan aún a los demandantes de vivienda en concepto de reserva, a fin de que desde la Delegación de Vivienda y Fomento se realicen las devoluciones oportunas. Hay que advertir que estas devoluciones están aún pendientes, porque en ocasiones, los interesados no han podido ser localizados, o bien, se trata de demandantes de vivienda que no recibiendo estas devoluciones, tratan de mantener sus derechos.”

Acuerdo actual

El 21/07/2017 tiene entrada en el Registro General del Ayuntamiento, escrito presentado por AMANTANI INVERSIONES, S.L., en el que manifiesta que está en disposición de formalizar la escritura de compra de la manzana BPO-1, con el abono íntegro del importe del suelo.

La citada mercantil, acreditó en su día que no tenía contrato alguno de reserva de vivienda con demandantes de las mismas, todos fueron resueltos de mutuo acuerdo, y devueltas todas las cantidades entregadas a cuenta por los futuros compradores. Aportando documentación que así lo confirmaba.

        La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento ha aprobado, a propuesta de la Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana María Conde Huelva, el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Escriturar la manzana BPO-1, a favor de AMANTANI INVERSIONES, S.L., Sociedad creada ex profeso para la promoción de dicha manzana, siguiendo las instrucciones contenidas en el Pliego de condiciones regulador de la licitación.

SEGUNDO.- Fijar como precio de venta de la manzana, la cantidad recogida en el contrato administrativo de enajenación de 4/12/2009, de setecientos doce mil quinientos veintiuno con cero nueve (712.521,09) euros, más el 21% de IVA, ciento catorce mil tres con  treinta y siete (114.003,37) euros, lo que hace un total de ochocientos veintiséis mil quinientos veinticuatro con cuarenta y seis (826.524,46) euros. Pago que se hará con anterioridad a la fecha que se señale para la firma de la escritura de venta, mediante transferencia a la cuenta titularidad del Ayuntamiento.

TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde, para suscribir cuantos documentos sean necesarios, a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo.

 

En concreto, se trata de una parcela que cuenta con 7.650 metros cuadrados de los cuales 43.000 metros cuadrados son edificables y cuyo proyecto contemplaba edificios de bajo más nueve plantas haciendo un total de 397 viviendas, aunque el proyecto también podrá sufrir alguna modificaión.

Por otro lado, también siguen en marcha y a buen ritmo las obras de la manzana BPO-7 de Insur, por lo que con Residencial Entrenúcleos ya son cinco las parcelas en las que se ubicarán nuevas opciones de vivienda en breve.

 

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